Impuestos

Calculadora de IVA

Sumar el IVA es fácil. Quitarlo es donde casi todo el mundo se equivoca, porque no se resta el 21%: se divide entre 1,21.

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Cómo se calcula

La fórmula, sin misterio

Añadir IVA: total = base × (1 + tipo)
Quitar IVA: base = total ÷ (1 + tipo)
Cuota de IVA = total − base

El error de restar el porcentaje

Si un precio final son 121 € con el 21% de IVA, la base no es 121 − 21% = 95,59 €. Es 100 €. La diferencia parece pequeña en este ejemplo, pero en facturas grandes se convierte en cientos de euros mal contabilizados.

El motivo es que el porcentaje se aplica sobre la base, no sobre el total. Por eso, para deshacer la operación hay que dividir entre 1,21, no restar el 21%.

Base = Total ÷ 1,21 · IVA = Total − Base

Qué tipo se aplica a cada cosa

TipoSe aplica a
21% generalCasi todo: electrónica, ropa, coches, servicios profesionales, luz, muebles.
10% reducidoHostelería, transporte de viajeros, vivienda de obra nueva, agua, gafas y lentillas, entradas a espectáculos.
4% superreducidoPan común, leche, huevos, frutas, verduras, cereales, quesos, libros, periódicos, medicamentos, prótesis y vivienda de protección oficial.
0% exentoSanidad, educación reglada, seguros y algunas operaciones financieras. Exento no es lo mismo que 0%: cambia el derecho a deducir.

Canarias no aplica IVA sino IGIC, con un tipo general del 7%. Ceuta y Melilla aplican el IPSI.

Si eres autónomo o empresa

El IVA que cobras a tus clientes no es tuyo en ningún momento: lo recaudas para Hacienda. Cada trimestre presentas el modelo 303 y liquidas la diferencia entre el IVA que has cobrado y el que has pagado en tus compras.

El error clásico de quien empieza es gastarse ese dinero y encontrarse con una liquidación imposible en abril. Un truco sencillo: aparta el IVA cobrado en una cuenta distinta el mismo día que entra.

Y no confundas el IVA con el IRPF. Son impuestos completamente distintos que se declaran por separado: el IVA en el modelo 303 y el IRPF en el modelo 130.

Aviso: el resultado es una estimación orientativa basada en la normativa española vigente (parámetros de 2026). No sustituye al asesoramiento de un profesional ni a las cifras oficiales de la Administración. Puedes ver cómo calculamos y de dónde salen los datos.

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