Autónomos

Calculadora del modelo 130

Cada trimestre, Hacienda te pide un anticipo del IRPF. Ni es un impuesto nuevo ni es dinero perdido: se descuenta entero en la declaración.

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Tus datos

El resultado se actualiza solo mientras escribes.

Desde el 1 de enero hasta el final del trimestre, sin IVA.
Incluye tu cuota de autónomo, que es gasto deducible.
Suma de los modelos 130 que ya has presentado este año.
El 15% (o 7%) que te retienen en las facturas a empresas.

Cómo se calcula

La fórmula, sin misterio

Rendimiento neto = ingresos − gastos deducibles
Cuota = rendimiento × 20%
A PAGAR = cuota − minoración − pagos anteriores − retenciones

Qué es y quién lo presenta

El modelo 130 es el pago fraccionado del IRPF. Cuatro veces al año adelantas a Hacienda el 20% de lo que llevas ganado, y en la declaración de la renta se te descuenta todo lo que hayas ido pagando.

Es acumulativo: cada trimestre calculas sobre el total del año y restas lo ya pagado. Por eso un trimestre malo puede salir negativo, y no pasa nada.

Están exentos los autónomos que facturen mayoritariamente a empresas: si más del 70% de tus ingresos ya llevan retención en factura, no tienes que presentarlo.

La minoración que casi nadie aplica

Si tus rendimientos son bajos, la ley te deja restar una cantidad fija de cada pago trimestral:

Rendimiento neto anualSe resta cada trimestre
Hasta 9.000 €100 €
De 9.000 a 10.000 €75 €
De 10.000 a 11.000 €50 €
De 11.000 a 12.000 €25 €

No es mucho, pero son hasta 400 € al año que mucha gente no se aplica por desconocerlo.

Plazos y errores típicos

Cuándo se presenta: del 1 al 20 de abril, de julio y de octubre, y del 1 al 30 de enero para el último trimestre. Si domicilias el pago, cinco días antes.

Los tres errores que más se repiten:

  • No incluir la cuota de autónomo como gasto. Es deducible al 100% y baja directamente lo que pagas.
  • Olvidar las retenciones. Si facturas a empresas con retención, ese dinero ya se lo has adelantado a Hacienda: réstalo.
  • No presentarlo cuando sale negativo. Hay que presentarlo igual, con cuota cero. No hacerlo es una sanción tonta de 100 €.

Recuerda que el modelo 130 es IRPF, no IVA. El IVA va por su cuenta en el modelo 303 y no tiene nada que ver con este cálculo.

Aviso: el resultado es una estimación orientativa basada en la normativa española vigente (parámetros de 2026). No sustituye al asesoramiento de un profesional ni a las cifras oficiales de la Administración. Puedes ver cómo calculamos y de dónde salen los datos.

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